
En la actual coyuntura política de Venezuela, viene dándose un gran debate acerca del sistema educativo y su funcionamiento, en este ámbito reflexivo el gobierno que administra el Estado resalta por su parte el avance en la educación, en referencia a gobiernos pasados y gobiernos actuales de otros países, al igual que se atribuye a si mismo eficiencia en cuantos al avance y los impactos que ha tenido sobretodo en los estratos humanos más necesitados y excluidos en nuestra sociedad. En este mismo marco de avance que el gobierno nacional destaca, se resalta el Derecho fundamental que se está reconociendo a la medida en que han ido profundizando en la apertura de la educación a los niños, jóvenes, adultos y también ancianos, derecho humano reconocido por la O.N.U. y consagrado en la Constitución actual de la República Bolivariana de Venezuela en el año 1999, y versa de esta manera:
Art. 102- “La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentada en el respeto a todas la corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática, basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en el proceso de trasformación social, consustanciados con los valores de la identidad nacional y con una visión latinoamericana y universal. El Estado, con la participación de la familia y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana, de acuerdo con los principios contenidos en esta constitución y en la ley”
Art. 103- “Toda persona tiene derecho a una educación integral de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, si más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. La educación es obligatoria en todos sus niveles, desde el maternal hasta en medio diversificado. La impartida en las instituciones del Estado es gratuita hasta el pregrado universitario. A tal fin, el Estado realizará una inversión prioritaria, de conformidad con las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas. Es Estado creará y sostendrá instituciones y servicios suficientemente dotados, para asegurar el acceso, permanencia y culminación en los sistemas educativos. La ley garantizará igual atención a las personas con necesidades especiales o con discapacidad, y a quienes se encuentran privados o privados de su libertad o carezcan de condiciones básicas para su incorporación y permanencia en el sistema educativo.
Las contribuciones de los particulares a proyectos y programas educativos públicos, a nivel medio y universitario serán reconocidas como degravámento al impuesto sobre la renta sobre la ley respectiva.”
Partiendo de lo consagrado en el Art. 102 de la Constitución, es cierto que en nuestra realidad actual se percibe la educación como un derecho fundamental, este aspecto está claro en el ámbito venezolano, sin embargo no se percibe el elemento “deber” ya que aunque para muchos es claramente aceptable el hecho de que tienen un derecho a la educación, también es cierto que muchos no desean y no se sienten obligados a buscar acceder a este derecho, a la vez es evidente que la educación no es tan gratuita como se presenta en la Constitución actual, ya que la existencia de una matrícula como pago por acceder a este derecho es tangible en el Estado Venezolano por la existencia de Centros Educativos privados y otros públicos en donde se cancela una matrícula, se viola el hecho de que la educación es gratuita cuando los representantes cancelan aun en los centros educativos públicos, no porque se privatice la educación sino porque muchas veces se cobra una matrícula de inscripción para poder costear gastos del centro educativo que se requieren para cubrir algunas necesidades de los alumnos como material para carteleras, artículos de limpieza en los baños, aulas y oficinas del plantel. Esto denota aún la no cobertura de este derecho y el ideal que aún suele ser la Constitución en referencia a la realidad.
Otras contradicciones encontradas en el ideal de la Constitución y la realidad del país, se encuentran reflejadas en el Art. 103, del cual se genera el hecho de que no todos lo ciudadanos que desean y tienen aptitudes de realizar estudios en algunas especialidades pueden hacerlo, ya que jóvenes muy capaces y con grandes deseos de superación se ven frustrados en nuestros campos y barrios al momentos de querer realizar estudios para los cuales tienen vocación, y sus padres no cuentan con los recursos económicos para sustentar los gastos como residencias, pasajes y alimentación, y más difícil aun si los cupos de las universidades están ya colapsados. Es contradictorio también el hecho de las personas que pagan con privación de su libertad algún delito, tienen acceso a este derecho de una Educación integral, la realidad de nuestras cárceles lo demuestran, y la degeneración que se observa en el sistema penitenciario denuncian la violación de este derecho.
Quizás verbalmente el esfuerzo del gobierno actual está dirigido a sustentar este complejo problema de nuestra realidad, el problema de la violación al derecho a la educación, pero la deficiencia y la poca acción de los ministerios gubernamentales competentes no ayudan a dar muestras de este hecho, lo cual hasta que no se tomen medidas eficientes respecto a este tema, aún se estará violando la Constitución y la declaración de los DD.HH.
Art. 102- “La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentada en el respeto a todas la corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática, basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en el proceso de trasformación social, consustanciados con los valores de la identidad nacional y con una visión latinoamericana y universal. El Estado, con la participación de la familia y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana, de acuerdo con los principios contenidos en esta constitución y en la ley”
Art. 103- “Toda persona tiene derecho a una educación integral de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, si más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. La educación es obligatoria en todos sus niveles, desde el maternal hasta en medio diversificado. La impartida en las instituciones del Estado es gratuita hasta el pregrado universitario. A tal fin, el Estado realizará una inversión prioritaria, de conformidad con las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas. Es Estado creará y sostendrá instituciones y servicios suficientemente dotados, para asegurar el acceso, permanencia y culminación en los sistemas educativos. La ley garantizará igual atención a las personas con necesidades especiales o con discapacidad, y a quienes se encuentran privados o privados de su libertad o carezcan de condiciones básicas para su incorporación y permanencia en el sistema educativo.
Las contribuciones de los particulares a proyectos y programas educativos públicos, a nivel medio y universitario serán reconocidas como degravámento al impuesto sobre la renta sobre la ley respectiva.”
Partiendo de lo consagrado en el Art. 102 de la Constitución, es cierto que en nuestra realidad actual se percibe la educación como un derecho fundamental, este aspecto está claro en el ámbito venezolano, sin embargo no se percibe el elemento “deber” ya que aunque para muchos es claramente aceptable el hecho de que tienen un derecho a la educación, también es cierto que muchos no desean y no se sienten obligados a buscar acceder a este derecho, a la vez es evidente que la educación no es tan gratuita como se presenta en la Constitución actual, ya que la existencia de una matrícula como pago por acceder a este derecho es tangible en el Estado Venezolano por la existencia de Centros Educativos privados y otros públicos en donde se cancela una matrícula, se viola el hecho de que la educación es gratuita cuando los representantes cancelan aun en los centros educativos públicos, no porque se privatice la educación sino porque muchas veces se cobra una matrícula de inscripción para poder costear gastos del centro educativo que se requieren para cubrir algunas necesidades de los alumnos como material para carteleras, artículos de limpieza en los baños, aulas y oficinas del plantel. Esto denota aún la no cobertura de este derecho y el ideal que aún suele ser la Constitución en referencia a la realidad.
Otras contradicciones encontradas en el ideal de la Constitución y la realidad del país, se encuentran reflejadas en el Art. 103, del cual se genera el hecho de que no todos lo ciudadanos que desean y tienen aptitudes de realizar estudios en algunas especialidades pueden hacerlo, ya que jóvenes muy capaces y con grandes deseos de superación se ven frustrados en nuestros campos y barrios al momentos de querer realizar estudios para los cuales tienen vocación, y sus padres no cuentan con los recursos económicos para sustentar los gastos como residencias, pasajes y alimentación, y más difícil aun si los cupos de las universidades están ya colapsados. Es contradictorio también el hecho de las personas que pagan con privación de su libertad algún delito, tienen acceso a este derecho de una Educación integral, la realidad de nuestras cárceles lo demuestran, y la degeneración que se observa en el sistema penitenciario denuncian la violación de este derecho.
Quizás verbalmente el esfuerzo del gobierno actual está dirigido a sustentar este complejo problema de nuestra realidad, el problema de la violación al derecho a la educación, pero la deficiencia y la poca acción de los ministerios gubernamentales competentes no ayudan a dar muestras de este hecho, lo cual hasta que no se tomen medidas eficientes respecto a este tema, aún se estará violando la Constitución y la declaración de los DD.HH.
J. B. CHEMAR
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